| El COMITÉ DE AGRICULTURA ECOLÓGICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (CAEM) es un órgano desconcentrado de la Comunidad de Madrid (BOCM Orden 3628/1996, de 20 de mayo) creado con el fin de ejercer como Autoridad de Control de la producción agraria ecológica y aplicar el Sistema de Control establecido por el Reglamento (CEE) 2092/91, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Son FUNCIONES principales DEL CAEM:
- Resolver sobre la conformidad o disconformidad con el régimen de control de los operadores de productos agroalimentarios ecológicos, previo informe vinculante del COMITÉ DE CALIFICACIÓN
- Formular propuestas y orientaciones en materia de producción agraria ecológica
- Promover el consumo y la difusión de los productos agroalimentarios ecológicos
El PLENO del CAEM:
Está constituido por representantes de todos los intereses del sector:
- 3 vocales por las empresas de producción
- 2 vocales por las empresas de elaboración y envasado
- 1 vocal por los importadores de países terceros
- 2 vocales en representación de la Autoridad Competente (Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural)
- 1 vocal por las asociaciones de agricultura ecológica
- 1 vocal por las Organizaciones Profesionales Agrarias
- 1 vocal por los consumidores
- el Director Técnico del CAEM (con voz pero sin voto)
- 1 Presidente designado por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural
Los cargos se renuevan cada cuatro años por elección democrática de entre los operadores sometidos a control
EL COMITÉ DE CALIFICACIÓN
Constituido por los dos vocales representantes de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural en el Pleno y el Director Técnico
Son funciones del Comité de Calificación:
- Informar sobre la inclusión en los Registros de los solicitantes
- Informar sobre la naturaleza y la calidad de los productos elaborados por los operadores sometidos a control, calificándolos para poder llevar las indicaciones protegidas o descalificándolos
- Informar sobre la conveniencia de iniciar un expediente sancionador y de la posible suspensión cautelar de los operadores sometidos a control
- Velar por el cumplimiento de la normativa vigente de la producción agraria ecológica
El Comité de Calificación funciona en pleno, los acuerdos se toman por mayoría y son siempre vinculantes para el Pleno del CAEM
SERVICIOS DE INSPECCIÓN
El CAEM dispone de inspectores habilitados por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio del Sistema de Control: visitas de inscripción, de inspección, toma de muestras y control documental de los operadores inscritos.
Se garantiza de esta modo la separación de inspección y calificación, y la objetividad e imparcialidad de la Certificación. |