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Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid
El COMITÉ DE AGRICULTURA ECOLÓGICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (CAEM) es un órgano desconcentrado de la Comunidad de Madrid (BOCM Orden 3628/1996, de 20 de mayo) creado con el fin de ejercer como Autoridad de Control de la producción agraria ecológica y aplicar el Sistema de Control establecido por el Reglamento (CEE) 2092/91, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Son FUNCIONES principales DEL CAEM:

  • Resolver sobre la conformidad o disconformidad con el régimen de control de los operadores de productos agroalimentarios ecológicos, previo informe vinculante del COMITÉ DE CALIFICACIÓN
  • Formular propuestas y orientaciones en materia de producción agraria ecológica
  • Promover el consumo y la difusión de los productos agroalimentarios ecológicos

El PLENO del CAEM:
Está constituido por representantes de todos los intereses del sector:

  • 3 vocales por las empresas de producción
  • 2 vocales por las empresas de elaboración y envasado
  • 1 vocal por los importadores de países terceros
  • 2 vocales en representación de la Autoridad Competente (Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural)
  • 1 vocal por las asociaciones de agricultura ecológica
  • 1 vocal por las Organizaciones Profesionales Agrarias
  • 1 vocal por los consumidores
  • el Director Técnico del CAEM (con voz pero sin voto)
  • 1 Presidente designado por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural
  • Los cargos se renuevan cada cuatro años por elección democrática de entre los operadores sometidos a control

EL COMITÉ DE CALIFICACIÓN
Constituido por los dos vocales representantes de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural en el Pleno y el Director Técnico

Son funciones del Comité de Calificación:

  • Informar sobre la inclusión en los Registros de los solicitantes
  • Informar sobre la naturaleza y la calidad de los productos elaborados por los operadores sometidos a control, calificándolos para poder llevar las indicaciones protegidas o descalificándolos
  • Informar sobre la conveniencia de iniciar un expediente sancionador y de la posible suspensión cautelar de los operadores sometidos a control
  • Velar por el cumplimiento de la normativa vigente de la producción agraria ecológica
El Comité de Calificación funciona en pleno, los acuerdos se toman por mayoría y son siempre vinculantes para el Pleno del CAEM

SERVICIOS DE INSPECCIÓN
El CAEM dispone de inspectores habilitados por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio del Sistema de Control: visitas de inscripción, de inspección, toma de muestras y control documental de los operadores inscritos.

Se garantiza de esta modo la separación de inspección y calificación, y la objetividad e imparcialidad de la Certificación.

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